Conoce las ventajas de hacer testamento si tienes inmuebles

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Siempre es conveniente hacer un testamento, pero si se es dueño de propiedades es prácticamente indispensable. Las ventajas de hacer testamento si tienes inmuebles radican en que favorece la tranquilidad de las partes y evita problemas futuros entre los herederos.

El testamento es un documento que se hace en vida, ante notario, a un coste muy bajo y que determina cómo serán repartidos los bienes de una persona, según su voluntad. Las ventajas de hacer testamento si quieres invertir en inmuebles son innegables, sobre todo porque evita conflictos y es revocable, por lo que se puede cambiar cuantas veces se quiera.

Estas son las razones para hacer testamento si tienes inmuebles:

Es un documento trascendente pero sencillo

Su importancia radica en que reparte el patrimonio inmobiliario y aporta seguridad jurídica. Hay varios formatos. Está el testamento abierto, que se hace con la asesoría imparcial de una notaría. Puede costar entre 50 y 90 euros. También se puede hacer con ayuda de un abogado o letrado especialista en herencias. En este caso se deben acordar con él los honorarios. Quien no quiere pagar nada puede hacer un testamento ológrafo. Solo necesita papel y bolígrafo o un ordenador para dejar en claro su voluntad. Tras la muerte del testador, los herederos deben legalizarlo ante Notario.

Los bienes que se legan en el testamento no se pierden

Siendo un acto de derecho sucesorio, el testamento recoge la última voluntad de quien lo otorga y sus efectos se dan a partir del fallecimiento del testador, no antes. No se pierde nada haciéndolo.

Es fundamental para personas casadas y con hijos

El más común es el de las parejas que se dejan uno al otro el usufructo y nombran herederos a los hijos (se le conoce como “Del uno para el otro y después para los hijos”). Con este testamento, el cónyuge viudo tiene derecho a residir en la vivienda familiar mientras viva sin que los hijos puedan oponerse a ello. Sin embargo, nunca podrá vender nada del fallecido sin el consentimiento de estos.

No es necesario hacer un inventario de los bienes

Hacer testamento no obliga a realizar un inventario de los bienes. Solo se debe especificar a quiénes se dejan y cómo se quiere repartirlos. Después del fallecimiento del testador, los herederos tendrán que hacer un inventario de los bienes y de las deudas (si las hay) y proceder a su reparto.

Hay que tener en cuenta la figura jurídica de La Legítima

El testador no siempre es libre de dejar su patrimonio a quién quiera y cómo quiera. La Legítima marca los límites del reparto de los bienes a los “herederos forzosos” o legitimarios. Se trata de los siguientes, en este orden:

  • los hijos o descendientes del fallecido
  • los padres o ascendientes
  • el cónyuge

Tanto el Código Civil como las normas de las Comunidades Autónomas dan prioridad a unos sobre otros en diferentes proporciones. Consulta con tu notario los detalles.

Permite estar informado sobre lo que se pagaría por heredar

La tributación de las herencias difiere en las distintas CC. AA. La cantidad depende de factores como el valor de los bienes que se reciben, el parentesco con el fallecido y el patrimonio previo de quien hereda. Cuanto más patrimonio, más caro resulta heredar.

Se puede desheredar a alguien

En algunos casos la ley reconoce que se puede privar de una parte de la herencia a un heredero forzoso. Al hacer el testamento el notario puede informar de los detalles, sobre todo porque hay casos de padres que quieren desheredar a un hijo que no se ha ocupado de ellos.

Más elementos sobre las ventajas de hacer testamento si tienes inmuebles:

  • Se puede hacer un testamento desde los 14 años.
  • Si no existe testamento, no se pierde la herencia: es la ley quien determina los herederos.
  • No es necesario llevar testigos, salvo casos especiales.
  • El que vale siempre es el último testamento.

Sobre este tema, en Hogar Mediterráneo creemos que lo más importante es estar informado. Los notarios señalan que no hacer testamento, cuando se tienen inmuebles, suele devenir en un proceso largo y costoso. Consúltanos tu caso y te asesoraremos.

Fuentes consultadas:

https://www.notariado.org

https://www.consumer.es

https://www.notariosenred.com

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