Seas inquilino o propietario, si estás a punto de alquilar un inmueble lo que te interesa es que todo salga bien y evitar problemas en el futuro. ¿Cómo conseguirlo y evitar conflictos entre inquilinos y propietarios?
Hoy te contamos qué aspectos tienen que quedar bien establecidos en el contrato y qué debes hacer para que no haya discrepancias sobre temas claves como fianza, agencia y desperfectos. El objetivo es evitar conflictos entre inquilinos y propietarios dejando todo en claro:
Conversar todas las dudas con antelación y dejar en claro las condiciones en el contrato es el punto de partida. Toma nota de estos consejos:
Asesorarte previamente. Es la mejor forma de anticipar problemas entre las partes. Los propietarios temen al impago y a los desperfectos que se puedan ocasionar al piso, y los arrendatarios sienten recelo sobre las condiciones abusivas que se pudieran establecer. Puedes asesorarte con una agencia inmobiliaria o un despacho de abogados especializado.
Pactar la fianza. La ley solo permite al propietario exigir al arrendatario una mensualidad en concepto de fianza, que se debe depositar en el organismo competente de cada comunidad. De no hacerlo, podría ser sancionado. Por otro lado, la fianza se debe devolver al inquilino cuando la vivienda se entregue en el estado en que se recibió, sin deudas y avisando al dueño cómo y cuándo se abandonará el inmueble.
Acordar los gastos de la agencia inmobiliaria. En algunas ciudades son asumidos por el inquilino y en otras por el dueño. La ley no establece nada al respecto. Lo que recomiendan los expertos es que las dos partes lo acuerden ya que el interés en la vivienda es mutuo.
Fijar los términos de las reparaciones. Los pequeños desperfectos en los inmuebles son frecuentes y también los enfrentamientos respecto a quién debe costearlos. El artículo 21 de la normativa de arrendamientos dispone que “las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”, mientras que las reparaciones por conservación las pagará el arrendador. Se aconseja fijar un importe para delimitar esa responsabilidad. Por ejemplo, hasta los 120 euros, paga el inquilino y si se excede, el propietario.
Contratar un seguro. La ley no habla de ello, pero a veces también se incluye la obligación de contratar un seguro para la vivienda. En estos casos, normalmente le corresponde al arrendador asegurar el “continente”, es decir, la estructura constructiva del inmueble y al inquilino el “contenido”, que incluye lo que se encuentra en su interior. También hay que considerar contratar un seguro de alquiler. Esta póliza asegura al arrendador de una vivienda la defensa jurídica de sus derechos respecto al inmueble. Por lo general, todos los seguros de alquiler cubren una serie de garantías esenciales, como el impago del alquiler o la defensa jurídica.
¿Tienes otras dudas sobre cómo gestionar el alquiler de tu vivienda? No lo pienses más y consúltanos. En Hogar Mediterráneo te asesoramos y acompañamos durante todo el proceso de compraventa o alquiler inmobiliario. ¡Contacta hoy!
Latest Posts
- Cómo proteger tu casa vacía: 12 medidas esenciales para evitar daños
- Baja en los tipos de interés mejorará hipotecas e impulsará mercado inmobiliario
- Conoce todo sobre la prohibición de pisos turísticos en comunidades de propietarios
- Guía: qué hacer si fallece el propietario de una vivienda
- Conoce todo sobre las transferencias OMF: ideales para operaciones inmobiliarias